Precios de Transferencia
Valoración de Empresas y Activos
ALS realiza valoraciones fiscales y financieras de empresas, ramas de actividad, intangibles y daños económicos. Aplicamos metodologías reconocidas por la OCDE con la solidez técnica que exigen la normativa fiscal y los foros de resolución de controversias.
Ámbitos de valoración
Valoramos participaciones en entidades no cotizadas para transmisiones entre partes vinculadas, salidas de socios, aportaciones no dinerarias y cualquier operación que exige acreditar el valor de mercado ante la administración tributaria.
Valoramos unidades de negocio diferenciadas en escisiones, fusiones y aportaciones acogidas al régimen de neutralidad fiscal del capítulo VII LIS, determinando la relación de canje y justificando la ausencia de motivación exclusivamente tributaria.
Determinamos el valor de mercado de marcas, software, patentes, know-how, fondos de comercio y derechos de imagen para operaciones vinculadas, cesiones de uso y reestructuraciones, aplicando los enfoques reconocidos por las Directrices OCDE.
Cuantificamos el perjuicio económico en litigios comerciales y arbitrajes nacionales e internacionales, proyectando los flujos que la parte perjudicada habría obtenido en ausencia del daño y estimando los costes directamente atribuibles al incumplimiento.
Valoramos préstamos, garantías, cash pooling y derivados entre partes vinculadas, determinando el precio de plena competencia conforme a las metodologías reconocidas por las Directrices OCDE y la normativa española en régimen común.
En transferencias de activos, funciones o riesgos entre entidades del grupo, valoramos los elementos transmitidos para acreditar que la contraprestación es de mercado y que no se produce una salida de bases imponibles sin compensación adecuada.
Metodologías reconocidas por la OCDE
Seleccionamos la metodología más adecuada en función del tipo de activo, la finalidad de la valoración y la información disponible. Las Directrices OCDE y los estándares internacionales (IVS, RICS) orientan tanto la elección del método como la documentación del análisis.
Descuento de flujos de caja (DCF)
Proyectamos los flujos de caja libres del activo o negocio y los descontamos a una tasa que incorpora el coste de capital y el riesgo específico. Este método es especialmente adecuado para negocios con proyecciones contrastables y para intangibles con flujos de royalties identificables.
Múltiplos de transacciones y cotizadas
Aplicamos múltiplos de valoración obtenidos de transacciones comparables o de empresas cotizadas del sector —EV/EBITDA, EV/Ventas, PER— ajustados por diferencias de tamaño, liquidez, riesgo y perspectivas de crecimiento entre el objeto de valoración y los comparables.
Valor sustancial y patrimonial
Para activos cuya referencia principal es el patrimonio neto ajustado a valor de mercado —inmuebles, carteras financieras, holdings de participaciones— determinamos el valor de los activos y pasivos subyacentes mediante tasaciones y valoraciones individuales de cada componente.
Usos de una valoración de ALS
El mismo encargo de valoración puede servir a finalidades fiscales, corporativas o litigiosas. ALS prepara el informe con el nivel de rigor, documentación y formato que exige cada contexto de uso.
Cumplimiento fiscal y operaciones vinculadas
Transmisiones de participaciones, operaciones de financiación intragrupo y reestructuraciones donde la normativa tributaria exige acreditar el valor de mercado ante la AEAT. El informe sustenta la declaración del contribuyente y reduce la exposición a ajustes de valoración.
Soporte en fusiones, adquisiciones y M&A
Valoraciones de empresa para procesos de compraventa, negociación de precio, due diligence de comprador o vendedor, y opiniones de fairness en operaciones que requieren acreditar que la contraprestación es equitativa para los accionistas.
Prueba pericial en litigios y arbitrajes
Informes de valoración y cuantificación de daños con estándar probatorio para procedimientos judiciales, arbitrajes comerciales e internacionales (ICC, ICSID, UNCITRAL). Incluimos el análisis contrafáctico y la sensibilidad de los resultados a las hipótesis clave.
Cómo realizamos una valoración
Definición del encargo y alcance
Acordamos el activo o negocio a valorar, la finalidad del informe, la fecha de referencia y los estándares aplicables. Esta fase determina la metodología principal, los análisis de contraste y el formato de entrega.
Recogida y análisis de información
Solicitamos los estados financieros históricos, proyecciones de negocio, contratos relevantes e información sectorial. Identificamos las hipótesis clave y evaluamos la coherencia y solidez de los datos que sustentan el modelo.
Modelización y análisis de contraste
Construimos el modelo de valoración, aplicamos la metodología principal y los métodos de contraste, realizamos el análisis de sensibilidad y comparamos el resultado con referencias de mercado para verificar su razonabilidad.
Informe técnico de valoración
Entregamos el informe con las hipótesis, la metodología, el modelo y la conclusión de valor, redactado con el rigor técnico y el formato adecuados para ser presentado ante la AEAT, un tribunal, un árbitro o como soporte de una transacción.

FAQs
Preguntas frecuentes
¿Qué diferencia hay entre una valoración fiscal y una valoración financiera?
La valoración fiscal se realiza para determinar la base imponible de una operación sometida a la normativa tributaria —transmisiones de participaciones, operaciones vinculadas, aportaciones no dinerarias o reestructuraciones— y debe ajustarse a los criterios que la administración acepta como precio de mercado. La valoración financiera atiende a un propósito corporativo o de mercado: compraventa, financiación, litigios o due diligence. En muchos casos el mismo informe puede servir a ambas finalidades, pero los criterios de validación, el formato y la profundidad del análisis difieren según el uso principal.
¿Qué método aplica la normativa española para valorar participaciones en entidades no cotizadas?
El artículo 17 LIS y la normativa del IRPF establecen, en régimen común, que el valor de mercado de las participaciones en entidades no cotizadas se determina por el mayor de tres valores: el valor del patrimonio neto según el último balance aprobado, el resultado de capitalizar el beneficio medio de los últimos tres ejercicios al tipo del interés legal del dinero, y el valor de cotización si existiere. Para operaciones vinculadas y reorganizaciones, la AEAT admite metodologías reconocidas —DCF, múltiplos— siempre que estén adecuadamente fundamentadas y documentadas.
¿Para qué sirve la valoración de una rama de actividad en una escisión?
En las escisiones y aportaciones de ramas de actividad acogidas al régimen de neutralidad fiscal, la valoración cumple varias funciones: acredita que la transmisión se realiza por un precio de mercado razonable, justifica que no existe una motivación exclusivamente tributaria y determina la relación de canje de acciones entre las entidades participantes. Un informe de valoración sólido es el principal elemento que reduce el riesgo de que la AEAT cuestione la aplicación del régimen especial.
¿Qué es el lucro cesante y cómo se cuantifica?
El lucro cesante es el beneficio que una parte deja de obtener como consecuencia directa de un incumplimiento contractual, un daño o una conducta ilícita. Su cuantificación requiere construir un escenario contrafáctico —qué habría ocurrido en ausencia del daño— y proyectar los flujos de beneficio que la parte perjudicada habría generado. La metodología debe ser aceptada por el tribunal o árbitro competente y sustentarse en datos históricos, proyecciones contrastables y referencias sectoriales.
¿Puede utilizarse un informe de ALS como prueba pericial en un arbitraje internacional?
Sí. Preparamos informes periciales de valoración con el estándar de rigor requerido por los principales reglamentos de arbitraje internacional, entre ellos ICC, ICSID y UNCITRAL. El informe incorpora el análisis de los hechos relevantes, la metodología aplicada, las hipótesis y sus fundamentos, el análisis de sensibilidad y las conclusiones de valor, todo ello en el formato que exigen las reglas de práctica de los principales centros de arbitraje.
¿Cuánto tiempo requiere una valoración de empresa?
El plazo depende de la complejidad del negocio, el número de metodologías que se aplican y la disponibilidad de información. Una valoración de empresa mediana con metodología DCF y contraste por múltiplos puede completarse en tres a seis semanas desde que se dispone de los estados financieros auditados, las proyecciones y la información de negocio necesaria. Encargos que involucran grupos multinacionales, sectores regulados, litigios con alta carga de análisis contrafáctico o valoraciones de intangibles complejos requieren plazos más amplios.
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