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Arabia Saudita – Precios de Transferencia (2025)
Marco legal y alcance
El marco doméstico saudí de precios de transferencia se apoya en el principio de plena competencia establecido inicialmente en el texto del impuesto sobre la renta y desarrollado por normas reglamentarias posteriores. El principio figura en el artículo 63, párrafo “c” de la KSA Income Tax Law y la base legal para la emisión de las normas específicas de precios de transferencia se remite asimismo a los KSA Income Tax By-Laws, en particular al artículo 10 (11). Las disposiciones específicas sobre precios de transferencia se emitieron mediante los Saudi Transfer Pricing Bylaws y las Saudi Transfer Pricing Guidelines publicadas el 31/01/2019; dichas normas proporcionan los detalles operativos para la aplicación del principio de plena competencia, y la propia Bylaw referencia explícitamente el principio en su artículo 1 (2).
Principio de plena competencia y rol de las Directrices OCDE
Las Bylaws y las Guidelines saudíes están, en su mayor parte, alineadas con las Directrices sobre Precios de Transferencia de la OCDE (TPG). El marco doméstico reconoce y aplica las TPG como guía interpretativa y práctica en ausencia de disposiciones domésticas específicas, por lo que los contribuyentes y la Administración toman las TPG como referencia para selección de métodos, análisis de comparabilidad y otros elementos técnicos. No obstante, la obligación de cumplimiento y el texto vinculante provienen de la legislación y reglamentación saudí (por ejemplo, Saudi Transfer Pricing Bylaw Article 1 (2) y las Guidelines), no de las TPG per se.
Definición de partes vinculadas
La definición de persona relacionada para efectos de precios de transferencia se consigna en Saudi Transfer Pricing Bylaw Article 1 (26) y se desarrolla adicionalmente en las Guidelines (Chapter 3 Subjects). Dicha definición distingue tres supuestos principales: a) dos o más personas naturales son relacionadas si son parientes por matrimonio o parientes hasta el cuarto grado, o si son socios en una sociedad; b) una persona natural se considera relacionada con una persona jurídica cuando existe participación o control económico relevante, concretamente si la persona natural es socio en una Partnership y, sola o junto con una Related Person o Persons, controla directa o indirectamente el 50% o más de los derechos de voto, renta o capital; si la persona natural o una Related Person es accionista en una Capital Company que, sola o junto con Related Person(s) controla el 50% o más de los votos, renta o capital; en el caso de fideicomisos u órganos análogos, si la persona natural se beneficia o puede beneficiarse directa o indirectamente; o si la persona sola o con una Related Person participa o puede participar en la gestión, control o capital de la persona jurídica. c) dos o más personas jurídicas son Related Persons cuando operan bajo Common Control; cuando la persona que controla o puede controlar las decisiones comerciales de una entidad tiene, sola o con una Related Person, Effective Control sobre la otra; o cuando las personas que ejercen Effective Control sobre dos entidades son Related Persons.
Métodos y criterio de aplicación
El marco saudí prevé explícitamente el empleo de los métodos comúnmente reconocidos: Comparable Uncontrolled Price (CUP), Resale Price, Cost Plus, Transactional Net Margin Method (TNMM) y Profit Split, conforme a Saudi Transfer Pricing Bylaw Article 7 y las disposiciones sobre métodos contenidas en Saudi Transfer Pricing Bylaw Article 9 y las Guidelines (Chapter 4, Step 2: selection of TP method). La Bylaw admite asimismo la aplicación de un método distinto a los aprobados cuando el contribuyente demuestra que, dadas las circunstancias del caso, ninguno de los métodos aprobados proporciona una medida fiable de un resultado a plena competencia y que el método alternativo satisface las condiciones previstas en Article 6 de las Bylaws; esta posibilidad está recogida en Saudi Transfer Pricing Bylaw Article 9. En cuanto al criterio de selección, Saudi Arabia aplica el principio de “most appropriate method” (el método más apropiado) siguiendo la guía del capítulo correspondiente de las Saudi Transfer Pricing Guidelines y tomando orientación adicional de las TPG de la OCDE.
Comparabilidad y rangos
Las Guidelines saudíes incorporan la mayoría de los elementos del análisis de comparabilidad del capítulo III de las TPG (Saudi Transfer Pricing Guidelines Chapter 4). Existe preferencia por comparables domésticos y la autoridad fiscal puede aceptar comparables extranjeros únicamente cuando no existan comparables nacionales adecuados o cuando el contribuyente pueda demostrar que los comparables extranjeros cumplen los requisitos de Chapter Three de las Bylaws, teniendo en cuenta los efectos geográficos y otros factores sobre precio y rentabilidad, tal y como dispone Saudi Transfer Pricing Bylaws Article 13 (c). No se permite el uso de comparables secretos para fines de valoración (el perfil indica que no se admiten secret comparables). El marco permite la utilización de un rango a plena competencia y de medidas estadísticas, conforme a Saudi Transfer Pricing Bylaw Chapter 9, según el método que ofrezca la medida más fiable del resultado a plena competencia. Las comparability adjustments son requeridas cuando existen diferencias materiales que pudieran afectar el resultado; tales ajustes pueden realizarse siempre que puedan efectuarse con un alto grado de precisión y no sean materiales y deben estar debidamente fundamentados por el contribuyente (Saudi Transfer Pricing Guidelines Chapter 4; Saudi Transfer Pricing Bylaws, Article 5 “Comparable Transactions”).
Documentación y reportes
La obligación de documentación existe para contribuyentes que superen los umbrales establecidos y comprende la preparación de Master File y Local File coherentes con los anexos I y II del Capítulo V de las TPG, así como Country-by-Country Report (CbCR) consistente con el Anexo III del Capítulo V, además de declaraciones específicas de precios de transferencia cuando proceda, tal como establece Saudi Transfer Pricing Bylaw Article 16, Article 17 y Article 18 y las Saudi Transfer Pricing Guidelines (Chapter 5 “Transfer Pricing Documentation”). La CbCR debe ser presentada por la Ultimate Parent Entity (UPE) o Surrogate Parent Entity (SPE) dentro de los 12 meses siguientes al cierre del ejercicio del grupo multinacional; sin embargo, la presentación en Arabia Saudí no es obligatoria si los ingresos consolidados del grupo en el año informado precedente son inferiores a SAR 3,200,000,000 (aprox. EUR 750 millones), conforme a Saudi Transfer Pricing Guidelines Section 5.4 country-by-country reporting. La documentación relativa a transacciones controladas debe suministrarse a la autoridad fiscal a solicitud de ésta dentro del plazo que la autoridad indique en la petición, no siendo inferior dicho plazo a 30 días desde la fecha de la solicitud. Existen exenciones a la obligación de documentación según Saudi Transfer Pricing Bylaw Article 19 (“Exemptions”) y section 5.3 de las Guidelines: aplican a personas físicas (excepto Institutions) y a pequeñas empresas cuyas transacciones controladas tengan un valor a plena competencia total que no exceda SAR 6,000,000 (aprox. EUR 1.4 millones) en un periodo de 12 meses. En cuanto al idioma de la documentación, formularios concretos y modelos de presentación detallados, el perfil no proporciona guía doméstica específica en el perfil; en estos aspectos se recurre a la práctica administrativa y a las Guidelines y, en su defecto, a las TPG de la OCDE.
Safe harbours / exenciones / materialidad
El perfil indica que no existen safe harbours o medidas de simplificación generales aplicadas por la Administración saudí en materia de precios de transferencia fuera de las exenciones de documentación ya citadas; por tanto, Saudi Arabia no ofrece safe harbours sectoriales o de otro tipo en la información publicada. Si necesita aplicar criterios de materialidad concretos o safe harbours, no se proporciona guía doméstica específica en el perfil y es recomendable remitirse a las TPG de la OCDE y a la normativa administrativa local para confirmar la práctica.
APAs y MAP; procedimientos y tiempos
El mecanismo de Advanced Pricing Agreements (APA) está regulado en Saudi Transfer Pricing Bylaw Article 23 “Advanced Pricing Agreement”. A partir de enero de 2024 dicha disposición entró en vigor con efecto práctico; en la actualidad Arabia Saudí acepta solicitudes para APAs unilaterales únicamente. Además, existen procedimientos para solicitudes de resoluciones y para el Mutual Agreement Procedure (MAP), y se dispone de guías como el Tax Ruling Request Guideline (June 2020) y el Saudi Request for Mutual Agreement Procedure – Taxpayer guidance. No obstante, el perfil no detalla plazos procesales específicos, criterios de admisibilidad pormenorizados ni tiempos medios de resolución para APAs o MAPs; en estas materias, “No se proporciona guía doméstica específica en el perfil” y procede remitirse a la guía administrativa de ZATCA y, cuando proceda, a las TPG de la OCDE y al perfil MAP en la web de la OCDE.
Sanciones y otras consideraciones
El marco saudí no establece en el perfil sanciones específicas exclusivas por incumplimiento de obligaciones de precios de transferencia, sino que se aplican las sanciones fiscales generales previstas en la normativa tributaria para incumplimientos en materia de documentación y reporte (el perfil indica que Saudi Arabia has regular penalties on tax compliance including on CbCr documentation). En relación con ajustes, Arabia Saudí permite ajustes “year-end” que los contribuyentes pueden efectuar antes del cierre de las cuentas si, por circunstancias no previstas, el resultado reportado queda fuera del Arm’s Length Range; ello está contemplado en Saudi Transfer Pricing Guidelines 4.4 financial analysis 4.4.1 Arm’s length Range y Saudi Transfer Pricing Guidelines 6.1 “Implementation”. Los ajustes secundarios (secondary adjustments) no se prevén en el perfil (respuesta: No) y la Administración no registra normas específicas sobre re-caracterización más allá de la aplicación del principio de plena competencia y de las facultades tributarias generales. En relación con correspondencia de ajustes descendentes (downward corresponding adjustments), KSA solo permitirá un ajuste correspondiente descendente si existe un Convenio para evitar la doble imposición (DTA) en vigor.
Atribución de beneficios a establecimientos permanentes (PEs)
Respecto a la atribución de beneficios a PEs, la mayoría de los convenios de Arabia Saudí contienen la versión de Article 7 del Modelo OCDE vigente antes de 2010; alrededor de 16 tratados utilizan el enfoque “Force of Attraction” de la ONU. Saudi Arabia aplica, en general, el “separate entity approach” y, por tanto, no aplica el Authorized OECD Approach (AOA) para los tratados que contienen la versión pre-2010, tal y como refleja el perfil. En la normativa interna, aspectos relativos a PEs y atribución de rentas aparecen en Income Tax Law Articles y en la regulación complementaria; en concreto, el perfil menciona Income Tax Law Articles 5 (10) para aspectos relacionados con PEs.
Conclusión breve
El marco saudí de precios de transferencia, formalizado mediante las Saudi Transfer Pricing Bylaws y Guidelines desde 2019, se apoya en el principio de plena competencia y en la mayor parte de su praxis toma como referencia las Directrices de la OCDE. La normativa establece definiciones amplias de partes vinculadas, dispone los métodos reconocidos y permite métodos alternativos bajo condiciones estrictas; favorece comparables domésticos y admite comparables extranjeros bajo justificación, regula la documentación (Master File, Local File y CbCR) con umbrales y exenciones claramente definidos y prevé mecanismos de resolución de controversias como APAs (actualmente unilaterales) y MAPs. No obstante, en materias procedimentales puntuales (plazos detallados de trámite de APAs/MAPs, idioma y formularios concretos de presentación, safe harbours específicos, reglas sobre secondary adjustments) “No se proporciona guía doméstica específica en el perfil”, por lo que para la práctica operativa es preciso conjugar la normativa saudí con las Guidelines administrativas de ZATCA y la orientación técnica de la OCDE.
Referencias
Para información global sobre los perfiles de transfer pricing de la OCDE véase https://www.oecd.org/en/topics/sub-issues/transfer-pricing/transfer-pricing-country-profiles.html