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Japón – Precios de Transferencia (2025)
Marco legal y alcance
El principio de plena competencia está incorporado en la normativa fiscal japonesa. La referencia normativa primaria para precios de transferencia es el artículo 66-4 de la Act on Special Measures concerning Taxation (ASMT), que establece la obligación de aplicar el principio de plena competencia en las operaciones entre partes vinculadas (citado en Para 1 Article 66-4 of ASMT). Las directrices administrativas y de procedimiento que desarrollan la aplicación práctica incluyen la Commissioner’s Directive on the Operation of Transfer Pricing (CDOTP) y la Commissioner’s Directive on Interpretation of ASMT. El CDOTP prescribe explícitamente que, en el curso de un examen o de un Acuerdo de Precios Anticipado (APA), deben consultarse las OECD Transfer Pricing Guidelines (véase 1-2(3) of CDOTP). En cuanto al ámbito subjetivo, la normativa se aplica a operaciones controladas con «foreign-related parties» y otras relaciones asociadas definidas en la normativa de desarrollo.
Principio de plena competencia y rol de las Directrices OCDE
La legislación japonesa remite al principio de plena competencia y exige que las medidas administrativas se alineen con las Directrices de la OCDE. El CDOTP obliga a referirse a las TPG en procesos de comprobación o en APAs (1-2(3) of CDOTP). La Commissioner’s Directive on Interpretation of ASMT se declara básicamente consistente con las TPG, y se utiliza como guía en la selección del método apropiado, en la comparabilidad, en el tratamiento de intangibles y en otros aspectos técnico‑prácticos (66-4(3)-3 of Commissioner’s Directive on Interpretation of ASMT).
Definición de partes vinculadas
La normativa proporciona una definición de partes vinculadas orientada al control accionario y otras situaciones asociadas. El término «foreign-related party» se define como una corporación extranjera que mantiene una «associated relationship» con otra corporación; se considera que existe tal relación si una de las sociedades posee el 50 por ciento o más del número total de acciones emitidas o del importe de la inversión en la otra (Para 1 Article 66-4 of ASMT; Para 1 to 4 Article 39-12 of Order for Enforcement of ASMT). El Order for Enforcement of ASMT establece además otros supuestos que se tratarán como relaciones asociadas. La normativa administrativa amplía y explica estos umbrales y supuestos en la Commissioner’s Directive.
Métodos y criterio de aplicación
La ley y las directrices administrativas enumeran y permiten los métodos clásicos y alternativas reconocidas por la OCDE. El artículo 66-4(2) de ASMT y el Order for Enforcement (Paras 6 a 8 del Article 39-12) autorizan la utilización de los métodos CUP, Resale Price, Cost Plus, Transactional Net Margin Method (TNMM), Profit Split y otros métodos. En particular, la Orden de Ejecución contempla técnicas de valoración basadas en flujos de caja proyectados como «other». El CDOTP y la Commissioner’s Directive on Interpretation of ASMT proporcionan orientación sobre la selección del método más apropiado (Chapter 4-1, CDOTP; 66-4(2)-1 and 66-4(3)-3 of Commissioner’s Directive on Interpretation of ASMT). La normativa japonesa no impone una jerarquía rígida de métodos; exige la elección del «most appropriate method» teniendo en cuenta hechos y circunstancias de cada transacción, incluidas funciones y riesgos (Para. 2 Article 66-4 of ASMT).
En transacciones de materias primas, Japón sigue la orientación de las TPG (paragraphs 2.18‑2.22) conforme a Para 2 Article 66-4 of ASMT.
Comparabilidad y rangos
La comparabilidad se rige por los principios del capítulo III de las TPG, siguiendo la Commissioner’s Directive on Interpretation of ASMT que declara su consonancia con las TPG (66-4(3)-3 of Commissioner’s Directive on Interpretation of ASMT). Existe una preferencia por comparables domésticos sobre comparables extranjeros, indicándose que las condiciones de mercado deben considerarse al realizar el análisis de comparabilidad (66-4(3)-3 of Commissioner’s Directive on Interpretation of ASMT). El uso de comparables «secretos» por la administración está previsto: si el Local File no se presenta en la fecha designada, la administración puede inspeccionar a personas dedicadas a negocios similares para obtener información que podrá emplearse en la determinación del precio conforme al artículo 66-4 (Para. 17, 18 Article 66-4 of ASMT). La normativa japonesa permite el uso de un rango de plena competencia y de medidas estadísticas; la Commissioner’s Directive establece que no se practicará corrección cuando el precio se sitúe dentro del rango observado en varios comparables (66-4(3)-4 of Commissioner’s Directive on Interpretation of ASMT). Las comparability adjustments son requeridas y la CDOTP identifica diferencias habituales que deben ajustarse, como condiciones comerciales y términos de liquidación (Para. 2 Article 66-4 of ASMT; Para. 6 to 8 Article 39-12 of Order for Enforcement of ASMT; Chapter 4-4, CDOTP).
Documentación y reportes
La legislación japonesa exige documentación de precios de transferencia consistente con el enfoque de tres niveles de la OCDE: Master file, Local file y Country-by-Country (CbC) report, en los términos coincidentes con los Anexos I, II y III de las TPG. El requisito de Master file figura en Para. 1 Article 66-4-5 of ASMT; el Local file en Para. 6 Article 66-4 of ASMT; y el CbCR en Para. 1 Article 66-4-4 of ASMT.
Los plazos y requisitos de idioma son los siguientes: el Master file puede someterse en japonés o en inglés y debe presentarse al District Director competente dentro de un año contado desde el día siguiente al cierre del ejercicio de la Ultimate Parent Entity (Master file Para. 1 Article 66-4-5 of ASMT; Article 22-10-5 of Ordinance for Enforcement of ASMT). El Local file no tiene requisito de idioma; debe prepararse para la fecha de presentación de la declaración final del impuesto y conservarse durante siete años. El Local file debe presentarse o ponerse a disposición dentro de un periodo designado si se solicita en el curso de una inspección (Local file Para. 6, 12 to 15 Article 66-4 of ASMT; Para 6 to 8, 11, 12 Article 22-10 of Ordinance for Enforcement of ASMT). El CbCR, que puede presentarse en inglés, debe ser remitido al District Director competente dentro de un año contado desde el día siguiente al cierre del ejercicio del Ultimate Parent Entity; además, la notificación sobre la entidad que presentará el CbCR debe efectuarse a más tardar el último día del ejercicio de la Ultimate Parent Entity (Para. 1, 5 Article 66-4-4 of ASMT; Article 22-10-4 of Ordinance for Enforcement of ASMT).
En materia sancionadora y de cumplimiento, existen sanciones específicas: una multa de hasta JPY 300,000 se aplica a las corporaciones que no presenten el Master file o el CbC Report dentro del plazo sin motivo justificado (Master file Para. 3 Article 66-4-5 of ASMT; CbCR Para. 7 Article 66-4-4 of ASMT). En cuanto al Local file, si no se presenta dentro del plazo designado, la administración puede imponer ajustes por estimación para asegurar el deber de documentación (Local file Para. 12, 14 Article 66-4 of ASMT).
Existen exenciones en función del tamaño del grupo y de la cuantía de las transacciones. El Master file y el CbCR están exentos para MNE Groups cuyo ingreso consolidado total del ejercicio precedente del Ultimate Parent Entity sea inferior a JPY 100,000 millones (100 billion yen) (Master file Para. 1 Article 66-4-5 of ASMT; CbCR Para. 1 Article 66-4-4 of ASMT; Para. 4 Article 66-4-4 of ASMT). Las corporaciones pueden estar exentas de la obligación de documentación contemporánea del Local file respecto de transacciones controladas con una única foreign-related party durante el ejercicio cuando, en el ejercicio anterior, el monto total de transacciones con esa parte fue inferior a JPY 5,000 millones y las transacciones de intangibles fueron inferiores a JPY 300 millones (Local file Para. 7 Article 66-4 of ASMT).
Si alguna categoría o detalle relevante no consta en el perfil, se indicará expresamente. En este perfil la información provista cubre las obligaciones documentales relevantes; no se proporciona guía doméstica específica adicional más allá de la citada en CDOTP y las Directivas del Comisionado.
Safe harbours / exenciones / materialidad
No existen reglas de safe harbour generales sobre industrias, tipos de contribuyentes o tipos de transacciones en Japón, tal como se recoge en el perfil (No safe harbours: respuesta negativa en el cuestionario). Otras medidas de simplificación tampoco están previstas según el perfil.
APAs y MAP; procedimientos y tiempos
Japón dispone de un programa de Advance Pricing Agreements (APAs) y de procedimientos para Mutual Agreement Procedures (MAP). El país permite APAs unilaterales, bilaterales y multilaterales, y Japan tiene un programa bilateral de APAs que permite a los contribuyentes solicitar rollbacks en determinados supuestos. El país ofrece procedimientos MAP y publica reglas, directrices y procedimientos claros sobre el acceso y uso de MAPs; la información relevante se encuentra en el Japan’s MAP profile y en el informe de revisión por pares (Peer review) (perfil: lista de mecanismos disponibles: APAs unilaterales, bilaterales, multilaterales; MAPs; y observación sobre rollbacks y publicación de reglas).
No se consignan en el perfil plazos procesales concretos para la resolución de APAs o MAPs más allá de la confirmación de la disponibilidad de estos mecanismos y de la publicación de las reglas y directrices aplicables.
Sanciones y otras consideraciones
Además de las sanciones por incumplimiento de documentación ya descritas, Japón permite year-end adjustments cuando existen motivos razonables para considerarlos aceptables bajo el principio de plena competencia, conforme a la orientación del CDOTP (Chapter 3-21, CDOTP). En cambio, el perfil indica que Japón no aplica secondary adjustments en el marco que se documenta en el cuestionario (respuesta: No secondary adjustments). En cuanto a la reclasificación o re‑caracterización y ajustes secundarios, el perfil no provee reglas adicionales detalladas sobre re‑caracterizaciones; por tanto, si se requieren criterios más específicos, debe consultarse la CDOTP y la Commissioner’s Directive on Interpretation of ASMT.
Respecto a la tributación de establecimientos permanentes (PEs), Japón sigue el Authorised OECD Approach (AOA) para la atribución de beneficios a PEs y lo ha implementado en 10 convenios fiscales internacionales a fecha de 1 de mayo de 2021. Para tratados antiguos que no incorporan la versión nueva del Artículo 7 (OECD MTC 2010 y posteriores), Japón aplica el enfoque del OECD MTC 2008 cuando procede.
Conclusión
El régimen japonés de precios de transferencia está sostenido por una base legal clara en el artículo 66-4 de la ASMT y por directrices administrativas (CDOTP y Commissioner’s Directive on Interpretation of ASMT) que alinean la práctica con las OECD Transfer Pricing Guidelines. Japón requiere documentación en los tres niveles de la OCDE (Master file, Local file, CbCR) con plazos y requisitos formales, aplica el criterio del método más apropiado sin imponer una jerarquía rígida, exige comparability adjustments y admite rangos de plena competencia. Dispone de herramientas administrativas para prevenir y resolver disputas (APAs y MAPs) y normas específicas para intangibles, HTVI, servicios y préstamos intragrupo, incluyendo medidas de límite a deducciones por intereses (Articles 66-5 to 66-5-3 of ASMT). No existen safe harbours específicos y no se aplican secondary adjustments conforme al contenido del perfil. Para consultas técnicas se recomienda la lectura del CDOTP, de la Commissioner’s Directive on Interpretation of ASMT y, cuando proceda, de las OECD TPG.
Referencias
Para más información y acceso a los perfiles de país de la OCDE: https://www.oecd.org/en/topics/sub-issues/transfer-pricing/transfer-pricing-country-profiles.html