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Italia – Precios de Transferencia (2025)
Marco legal y alcance
El principio de plena competencia está incorporado en la legislación fiscal italiana. El Art. 110, párrafo 7 del Texto Único de Impuestos sobre la Renta (Income Tax Code, aprobado por Decreto Presidencial No. 917 del 22 de diciembre de 1986, también referido como TUIR) establece que “Items of income arising from transactions with non-resident companies which directly or indirectly control the enterprise, are controlled by it or are controlled by the same company controlling the enterprise, are determined based on the conditions and prices which would have been agreed between independent parties operating on an arm’s length basis and in comparable circumstances.” Adicionalmente, el Decreto Ministerial de 14 de mayo de 2018 (en adelante, el “Decreto Ministerial”), en su Art. 1 y en el preámbulo, proporciona directrices para la aplicación de lo dispuesto por el artículo citado, tomando expresamente en cuenta las mejores prácticas internacionales.
Principio de plena competencia y rol de las Directrices OCDE
El Decreto Ministerial de 14 de mayo de 2018 remite explícitamente a las Directrices de Precios de Transferencia de la OCDE (OECD TPG) y al Informe Final sobre las Acciones 8-10 del BEPS en el preámbulo y en el articulado de implementación. Las Directrices de la OCDE se citan también en la implementación normativa relativa a la obligación de documentación de precios de transferencia y en el régimen de Acuerdos Previos de Precios (APA). La Decisión del Comisionado de la Agencia de Ingresos italiana fechada el 23 de noviembre de 2020 contiene orientación de implementación adicional para la documentación (Master File y Country Specific Documentation), y la Decisión del Comisionado del 28 de noviembre de 2017 regula, con detalle, la presentación del Country-by-Country Report (CbCR).
Definición de partes vinculadas
El Art. 110, párr. 7 del TUIR, tal como fue enmendado en junio de 2017, se refiere a transacciones entre una empresa italiana y compañías no residentes que “directa o indirectamente controlan la empresa italiana, o son controladas por ésta, o están controladas por la misma compañía que controla la empresa italiana”. El Decreto del Ministro de Economía y Finanzas de 14 de mayo de 2018 precisa que por “empresas asociadas” se entiende una entidad residente en Italia y empresas no residentes en las que: 1) una participa directa o indirectamente en la gestión, control o capital de la otra; o 2) la misma persona participa directa o indirectamente en la gestión, control o capital de ambas. Asimismo, el concepto de “participación en la gestión, control o capital” se concreta en: i) una participación superior al 50% en el capital, derechos de voto o beneficios; o ii) la existencia de una influencia dominante sobre la gestión de otra empresa basada en vínculos de capital o contractuales. Estas definiciones se encuentran en el Decreto Ministerial de 14 de mayo de 2018.
Métodos y criterio de aplicación
El Decreto Ministerial, en su Art. 4, adopta explícitamente los métodos reconocidos por la OCDE: Comparable Uncontrolled Price (CUP), Resale Price, Cost Plus, Transactional Net Margin Method (TNMM) y Profit Split. La normativa permite que el contribuyente utilice un método distinto a los anteriores únicamente si puede demostrar que i) ninguno de los métodos enumerados puede aplicarse con resultados fiables al caso concreto y ii) el método alternativo produce un resultado consistente con lo que empresas independientes obtendrían en operaciones comparables. Respecto al criterio de selección de método, la normativa italiana sigue el enfoque de “most appropriate method” conforme al Art. 4 del Decreto Ministerial; no existe una jerarquía rígida de métodos en la ley, sino la valoración de cuál es el método más apropiado para el caso.
Comparabilidad y rangos
La definición de comparabilidad utilizada por la administración italiana sigue el contenido del Capítulo III de las OECD TPG y queda reflejada en el Art. 3 del Decreto Ministerial de 14 de mayo de 2018. No existe preferencia por comparables domésticos frente a comparables internacionales; la normativa no admite el uso de “secret comparables” por parte de la administración. El Art. 6 del Decreto Ministerial regula el empleo del rango de plena competencia: el rango de cifras resultante del indicador financiero elegido se considera objeto de la competencia plena cuando las observaciones que componen el rango se refieren a transacciones no controladas que son igualmente comparables con la transacción controlada, conforme al análisis de comparabilidad. Una operación controlada se considera conforme al principio de plena competencia si el indicador financiero relevante se encuentra dentro de dicho rango. Si el indicador no se ubica en el rango, la administración fiscal puede ajustarlo para que caiga dentro del rango, sin perjuicio del derecho del contribuyente de presentar prueba en contrario y de la facultad administrativa de desestimar tal prueba con una adecuada motivación. Cabe destacar que, según la normativa administrativa y de procedimiento, no se exige expresamente la realización de ajustes de comparabilidad (comparability adjustments) como requisito obligatorio.
Documentación y reportes
La legislación italiana contempla obligaciones de documentación y reporte en distintos niveles. El CbCR es obligatorio para las entidades “Ultimate Parent” residentes en Italia de grupos multinacionales con ingresos consolidados anuales iguales o superiores a EUR 750 000 000, en línea con la Ley n. 208 del 28 de diciembre de 2015 y el Decreto Ministerial del 23 de febrero de 2017; la Decisión del Comisionado del 28 de noviembre de 2017 proporciona orientación de implementación y reglas de presentación. El CbCR debe presentarse para cada ejercicio fiscal del organismo consolidado dentro de los 12 meses contados desde el último día del ejercicio fiscal objeto del informe.
Master File y Country Specific Documentation (Local File) no son obligatorios por ley, sino opcionales para los contribuyentes. No obstante, la Decisión del Comisionado de la Agencia de Ingresos del 23 de noviembre de 2020 contiene la implementación detallada sobre el contenido de Master File y Country Specific Documentation, alineado sustancialmente con los Annexes I y II del Capítulo V de las OECD TPG. Cuando los contribuyentes optan por preparar esta documentación, deben presentarla en cada ejercicio fiscal a más tardar en el momento de la declaración tributaria. La documentación debe estar firmada por el representante legal o por un delegado mediante firma electrónica y con la estampilla temporal correspondiente a la fecha de presentación de la declaración; la documental debe ser redactada en italiano, aunque el Master File puede presentarse en idioma inglés. A petición de la autoridad fiscal, el contribuyente debe enviar la documentación en formato electrónico dentro de los 20 días siguientes.
Incentivos y sanciones relacionados con documentación
La legislación italiana prevé un régimen de “penalty protection” para aquellos contribuyentes que opten por presentar documentación adecuada (Master File y Country Specific Documentation) según lo previsto en el Art. 26 del Decreto-Ley No. 78 del 31 de mayo de 2010, implementado con enmiendas por la Ley No. 122 del 30 de julio de 2010. La protección frente a sanciones se reconoce si la documentación resulta “proper”, entendida como aquélla que suministra a los auditores la información necesaria para efectuar un análisis del TP, incluyendo descripción de transacciones materiales, análisis de comparabilidad y análisis funcional, aunque la elección de método o de comparables difiera de la valoración de la administración.
Exenciones y medidas de simplificación
Italia no dispone de safe harbours generales en materia de precios de transferencia. Existen, sin embargo, medidas de simplificación limitadas: la normativa regula un enfoque simplificado para servicios intragrupo de bajo valor añadido (Article 7 del Decreto Ministerial), sin establecer umbrales numéricos, y contempla una simplificación para las pequeñas y medianas empresas (SMEs) que opten por la documentación TP, en la que ciertas informaciones del Country File no necesitan ser actualizadas durante dos ejercicios fiscales siguientes, siempre que la comparabilidad se base en fuentes públicas y no existan cambios sustanciales. Se considera “PYME” a la entidad con facturación o ingresos totales que no excedan de EUR 50 millones; no obstante, una entidad que controle o sea controlada por una entidad que no califica como PYME queda excluida de la consideración de PYME a estos efectos.
APAs y MAP; procedimientos y plazos
Italia dispone de un programa de Acuerdos Previos (APA) regulado por el Art. 31-ter del Decreto Presidencial No. 600 del 29 de septiembre de 1973, introducido por el Art. 1 del Decreto Legislativo 147 de 14 de septiembre de 2015 y modificado por el Art. 2 del Decreto Legislativo 32 de 15 de marzo de 2015. Tanto APAs unilaterales, bilaterales como multilaterales son posibles. El Procedimiento de Mutual Agreement Procedure (MAP) está disponible y la Circular Letter No. 21 de la Agencia de Ingresos del 5 de junio de 2012 ofrece orientación sobre MAPs. La ley también regula controles multilaterales (auditorías simultáneas) en el Art. 31-bis del mismo Decreto Presidencial No. 600/1973.
Adicionalmente, existe un mecanismo por el cual los contribuyentes residentes pueden solicitar un ajuste correspondiente unilateral ante la administración italiana en caso de ajuste primario notificado por otro Estado, lo que puede dar lugar a un ajuste a la baja en Italia sin necesidad de MAP; esta facultad queda prevista en el nuevo Art. 31-quarter del Decreto Presidencial n. 600/1973, introducido por el Decreto-Ley No. 50 del 24 de abril de 2017, y desglosada en la Decisión del Comisionado de la Agencia de Ingresos del 30 de mayo de 2018 (PROVVEDIMENTO PROT.108954/2018). La posibilidad de reconocimiento de ajuste unilateral requiere, entre otros elementos, que exista un convenio para evitar la doble imposición (DTC) en vigor que permita un adecuado intercambio de información con la otra jurisdicción.
Sanciones y otras consideraciones
El régimen de “penalty protection” para quienes presenten documentación adecuada constituye el principal incentivo administrativo; la normativa también contempla la facultad de la administración para efectuar ajustes cuando el indicador financiero no se ubique dentro del rango de plena competencia. No existe regulación interna explícita sobre ajustes secundarios (secondary adjustments) ni sobre year-end adjustments en la legislación doméstica según el perfil. En materia de profit attribution to permanent establishments, Italia sigue el enfoque del Authorized OECD Approach (AOA). El AOA está respaldado por el Art. 152 del DPR 22 de diciembre de 1986, n. 917 (TUIR) y también ha sido incorporado en algunos tratados tributarios.
Reglas conexas fuera del ámbito TP
En ciertas materias relacionadas con transacciones financieras, si bien no existen guías TP específicas domésticas, Italia ha implementado medidas derivadas de BEPS Action 4 relativas a la limitación de la deducción de intereses y otros pagos financieros a través del Decreto Legislativo 29 de noviembre de 2018, n. 142. Para transacciones que involucren intangibles, la regulación doméstica de TP no ofrece una guía específica; no obstante, existe un régimen opcional de “patent box” introducido en 2015 que aplica el enfoque de “nexus” conforme a BEPS Action 5, permitiendo la exclusión de hasta el 50% de los ingresos derivados de la explotación de determinados activos intangibles, siempre que se incurran costes en actividades de I+D destinadas al desarrollo o mantenimiento de los activos elegibles. Los activos elegibles se enumeran en la normativa y el régimen remite explícitamente a las OECD TPG para la determinación de la renta atribuible al intangible.
No se proporciona guía doméstica específica en el perfil para ciertos temas concretos como acuerdos de contribución de costos (Cost Contribution Arrangements), y la práctica remite a las OECD TPG para su orientación.
Conclusión
El marco italiano de precios de transferencia articula el principio de plena competencia estatutario en el Art. 110, párr. 7 del TUIR, y ha desplegado un cuerpo reglamentario complementario con el Decreto Ministerial de 14 de mayo de 2018 y diversas decisiones del Comisionado de la Agencia de Ingresos que adoptan y aplican las OECD TPG y las conclusiones del proyecto BEPS. Italia no impone Master File y Local File de manera general, pero sí exige CbCR para grupos por encima del umbral de EUR 750 000 000 y ofrece incentivos administrativos (penalty protection) a quienes voluntariamente preparan documentación conforme a las guías. El país facilita mecanismos preventivos y de resolución de controversias como APAs y MAPs y permite ajustes unilaterales en determinadas condiciones. No existen safe harbours generales ni reglas específicas sobre secondary adjustments o year-end adjustments en la normativa doméstica reseñada en el perfil.
Referencias
Para mayor información y los perfiles de otros países, véase https://www.oecd.org/en/topics/sub-issues/transfer-pricing/transfer-pricing-country-profiles.html