Precios de Transferencia
Servicios intragrupo
Los servicios entre empresas del grupo deben justificar que el beneficiario recibe un valor real y que el precio cobrado es de mercado. ALS revisa, documenta y defiende estas operaciones.
Como trabajamos los servicios intragrupo
Verificamos que cada servicio intragrupo genera un beneficio real para el receptor y que no se trataría de un accionista-tipo (shareholder activities) que no justifica remuneracion.
Calculamos el margen sobre coste de plena competencia para los servicios aplicando benchmarkings sobre la base de datos de comparables de empresas proveedoras de servicios similares.
Preparamos la documentacion que acredita los servicios prestados, los costes incurridos, la base de reparto utilizada y el mark-up aplicado, con el nivel de detalle que exige la AEAT.
Auditamos los contratos intragrupo existentes para verificar que reflejan adecuadamente las condiciones pactadas y que son coherentes con la documentacion de precios de transferencia.
El test del beneficio: la clave de los servicios intragrupo
Para que un servicio intragrupo sea remunerado y deducible, debe superar dos pruebas: que el servicio se haya prestado efectivamente y que genere un beneficio real para el receptor. La segunda prueba es la que con mas frecuencia cuestiona la AEAT.
Beneficio economico demostrable
El receptor debe poder acreditar que el servicio mejoro su posicion competitiva, redujo sus costes, aumento sus ingresos o le proporciono informacion valiosa. No basta con que el servicio exista; debe haber un valor economico identificable.
Shareholder activities excluidas
Las actividades que benefician principalmente al accionista o a la estructura del grupo en su conjunto — como la supervision, el gobierno corporativo o las actividades de reporte consolidado — no pueden remunerarse como servicio al receptor.
Duplicacion de servicios
Si el receptor ya dispone de la capacidad interna para realizar la funcion o contrata el servicio con un tercero, la AEAT puede considerar que el servicio intragrupo duplica funciones existentes y cuestionar su deducibilidad.
Base de reparto y mark-up
Los servicios centralizados (TI, finanzas, recursos humanos, marketing) se prestan tipicamente a multiples entidades del grupo. El coste total del servicio se reparte entre las beneficiarias segun una clave de distribucion, y sobre ese coste se aplica un mark-up de plena competencia.
Claves de reparto
La base de reparto debe reflejar el beneficio que cada entidad obtiene del servicio: numero de empleados para servicios de RRHH, volumen de ventas para marketing, numero de transacciones para TI. La clave debe estar justificada en la documentacion.
Mark-up de plena competencia
El margen sobre coste debe estar respaldado por un benchmarking de empresas proveedoras de servicios similares. Analizamos la retribución adecuada en función del perfil funcional del prestador y de las condiciones de mercado para servicios equivalentes.
Servicios de bajo valor anadido (SIVA)
Las Directrices OCDE introdujeron un tratamiento simplificado para los servicios de bajo valor anadido: se puede aplicar un mark-up estandar del 5% sobre coste sin necesidad de benchmarking, siempre que el servicio cumpla las condiciones del safe harbour.
Cómo documentamos los servicios intragrupo
Identificación de servicios
Mapeamos todos los servicios que una entidad del grupo presta a otras: administración, TI, finanzas, marketing, RRHH, compras, legales u otros. Analizamos el contenido de cada servicio, su beneficio para el receptor y su tratamiento bajo la normativa BEPS.
Test del beneficio
Para cada servicio verificamos que el receptor obtiene un beneficio económico real y que no se trata de una shareholder activity no remunerada. Este análisis es clave ante una inspección.
Determinación del mark-up
Seleccionamos comparables de empresas proveedoras de servicios similares y determinamos el margen sobre coste de plena competencia. Para servicios de bajo valor añadido, evaluamos si aplica el safe harbour del 5%.
Documentación en el Local File
Redactamos la sección de servicios intragrupo del Local File con contratos, facturas de referencia, base de reparto justificada y benchmarking del mark-up.

FAQs
Preguntas frecuentes sobre servicios intragrupo
Que son los servicios intragrupo en precios de transferencia?
Son las prestaciones de servicios que realiza una empresa del grupo a otra: servicios de administracion central, finanzas, recursos humanos, TI, marketing, investigacion o cualquier otra funcion que se preste de forma centralizada. Deben remunerarse a precio de mercado.
Que es el test del beneficio y por que es importante?
El test del beneficio exige demostrar que el servicio genera un valor economico o comercial real para el receptor: que mejoraría su posicion competitiva, reduciria costes o aumentaria ingresos. Si no hay beneficio demostrable, la remuneracion del servicio puede ser rechazada por la AEAT.
Que documentacion exige la AEAT para los servicios intragrupo?
La AEAT espera encontrar en el Local File: descripcion detallada del servicio, evidencia de que se ha prestado efectivamente, base de reparto de costes, metodologia de mark-up y comparables que soporten el margen aplicado. Los contratos intragrupo deben ser coherentes con la documentacion.
Que documentacion especifica necesito para justificar un servicio intragrupo ante la AEAT?
La AEAT espera encontrar: contratos o acuerdos de servicios firmados, facturas con descripcion suficiente de los servicios prestados, evidencias de la prestacion efectiva (informes, correos, entregables), bases de reparto justificadas y un benchmarking del mark-up aplicado.
Puedo deducir servicios de gestion facturados por la matriz sin contrato escrito?
Es muy arriesgado. Aunque la normativa no exige expresamente contrato escrito, la AEAT puede cuestionar la realidad de la prestacion si no hay soporte documental. Contar con un contrato de servicios bien estructurado reduce significativamente el riesgo y es la base de cualquier defensa ante la AEAT.
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